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La opinión oficial termina la disputa del acuerdo del automóvil

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En su opinión, el Comité Nacional del Comité Público de Todernels piensa que el vehículo utilitario «Fourgoet» es una de las ofertas competitivas para el «catálogo» para el «catálogo» de exención del Consejo Laboral.

En los detalles de la misma opinión emitida, el Consejo de Empleo Integane Ait Melowl solicitó una consulta del comité en octubre pasado, «la entidad legal de este acuerdo de propósito para garantizar la necesidad de presentar las categorías del vehículo».

Al consejo anterior le gustó el segundo espectáculo competitivo al primero debido a la primera aparición del «catálogo» de este vehículo, que es una cuestión de trato.

A petición suya, el Comité Nacional ha destacado la opinión legal del Comité Nacional para la Testántica Pública del Consejo: “Los propietarios de proyectos están relacionados con los acuerdos públicos y la Resolución No. 1692-23 Políticas relacionadas con los acuerdos públicos y la Resolución No. 1692-23, lo que evitará que los propietarios de proyectos proporcionen otros documentos a otros documentos cuando proporcionen concursos al comprar las órdenes de compra. General. «

Después de estudiar los hechos del archivo, el Artículo 91 del Comité Nacional de Consejos Públicos para Consejos Públicos Decreto 22-22-431, «Existen características y especificaciones técnicas del vehículo en el aviso comprado por la Orden de Compra».

Con respecto a las garantías del propietario del proyecto (InteGen Ite Mellowle), la opinión legal se considera la garantía de garantías, junto con un certificado de garantía emitido por competidores, subastando el vehículo, subastando el vehículo antes de la fecha de abrir el sobre, la exposición del catálogo, que está dictando la marca y el modelo de vehículo.

En este caso, el comité descubrió que el propietario del proyecto requerido permite al propietario del proyecto garantizar las especificaciones requeridas del vehículo propuesto.

Este número de decretos de origen 2-22-431, y el número de resolución 1692-23, para verificar que no prohíban la necesidad de proporcionar documentos que certifiquen las compras para los requisitos de compra a través de los requisitos de compra.

Y el Comité Nacional de Testántica Pública enfatiza que los competidores han enfatizado al «propietario del proyecto para solicitar cualquier documento que crea que es necesario».

Y la opinión legal es «aunque no hay un texto obvio a este respecto y la posibilidad de la decisión anterior, el catálogo u otros documentos es legítimo a este respecto».

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